Judgment Worker no tiene que divulgar el diagnóstico de enfermedad del empleador
Stuttgart (jur). Los empleados y sus médicos ya no deberían tener que revelar el diagnóstico de la enfermedad en una disputa sobre el pago continuo. Según una resolución emitida por el Landesarbeitsgericht (LAG) Baden-Württemberg en Stuttgart el viernes 8 de julio de 2016, los empleadores deben confiar en la evaluación de las aseguradoras de salud de que una discapacidad se basa en una primera enfermedad que obliga al empleador a seguir pagando los salarios (Ref.: 4 Sa 70/15). Por lo tanto, el LAG contradijo la jurisprudencia del Tribunal Federal de Trabajo (BAG) en Erfurt, según el cual los empleados pueden verse obligados a eximir a sus médicos de la confidencialidad.
El demandante fue contratado como líder de grupo. Desde el 22 de septiembre de 2014 hasta el 3 de marzo de 2015, estuvo enferma durante un total de 65 días, significativamente más que cada segundo día laborable. Para ello presentó 14 certificados médicos. Estos fueron predominantemente llamados primeros certificados, es decir, la certificación de una nueva enfermedad. Sólo el último, para el período del 5 de febrero al 3 de marzo de 2015, presentó cinco certificados de seguimiento para la misma condición después del certificado inicial..
De archivo: Estudio de África - fotoliaCuando la mujer volvió a estar enferma del 19 de marzo al 17 de abril de 2015, el empleador se negó a pagar. Se puede suponer que esta es una enfermedad de continuación y que la reclamación de seis semanas por enfermedad por enfermedad subyacente ya se ha cumplido..
Una enfermedad de continuación es una discapacidad basada en la misma causa subyacente. No importa si la condición subyacente vuelve a sus síntomas originales o nuevos. Si se produce una enfermedad de continuación después de menos de seis meses, entonces ambas o varias incapacidades laborales se fusionan y la remuneración continúa por un total de seis semanas..
Sin embargo, la copia del empleador de un certificado de incapacidad no contiene ninguna información sobre el diagnóstico. El seguro de salud recibe esta información mas. Cuando se le preguntó, ella le informó al empleador que no había enfermedades médicas preexistentes a partir del 19 de marzo de 2015.
Sin embargo, el empleador se negó a pagar el pago continuo. Es probable que los médicos no hayan examinado a la mujer de forma adecuada o, erróneamente, hayan juzgado erróneamente que se trataba de un trastorno de secuelas. Por lo tanto, el líder del grupo tendría que revelar los diagnósticos de sus certificados de incapacidad para poder revisarlos..
El líder del grupo liberó parcialmente a sus médicos de la confidencialidad, para que pudieran certificar que la nueva enfermedad no se basa en una de las condiciones subyacentes anteriores. Sin embargo, el empresario no recibió los diagnósticos específicos..
Al igual que el Tribunal Laboral de Reutlingen, el LAG de Stuttgart ahora ha decidido que todavía está obligado a continuar pagando salarios..
Ambos tribunales se opusieron así a la jurisprudencia del BAG. En 2005, esto había renunciado a su jurisprudencia anteriormente amigable para los empleados. Sin embargo, de acuerdo con la nueva sentencia, el empleado debe liberar a sus médicos de la confidencialidad si desea guardar su derecho adicional a un salario pagado después de seis semanas de enfermedad (sentencia del 13 de julio de 2005, ref. 5 AZR 389/04).
El LAG Stuttgart considera que esto es contradictorio. Quiere terminar esta jurisprudencia y volver a la antigua jurisprudencia amigable con los empleados.
Como razón, los jueces de Stuttgart se refirieron a casos en los que el seguro de salud ha pagado prestaciones por enfermedad. Sin embargo, si existiera una reclamación por el pago continuado de la remuneración, esta reclamación pasará al fondo del seguro de salud. Sin embargo, la compañía de seguros de salud puede no informar los diagnósticos porque están sujetos a la protección de datos sociales.
Para evitar un trato desigual, los trabajadores deberían poder confiar en la protección de los datos sociales por sí mismos, argumentó el LAG. No estaba claro que los empleadores pudieran obligar a sus empleados a divulgar datos "que la compañía de seguros de salud no debería haber divulgado"..
Del mismo modo, al igual que con el valor probatorio de un certificado de incapacidad para el trabajo en sí, el trabajador debe poder retener los diagnósticos al menos hasta que "el empleador presente hechos que generen dudas sobre la exactitud de la reclamación del seguro de salud". En este caso particular, el empleador no lo hizo..
Debido a su desviación de la jurisprudencia de alto tribunal del BAG, el GAL aprobó la apelación con su resolución del 8 de junio de 2016, que ahora se ha publicado por escrito. mwo