Los jueces permiten la eutanasia médica.
Los jueces permiten la eutanasia en casos excepcionales.
05/04/2012
El veredicto del tribunal administrativo de Berlín causa entusiasmo: por lo tanto, los médicos de Berlín pueden, en casos excepcionales, dejar a los pacientes con enfermedades suicidas incurablemente enfermos. La Asociación Médica del Estado había prohibido esto a un médico en 2007. Sin embargo, según los jueces, una prohibición general infringe la libertad de conciencia y la libertad de ejercer la profesión..
El fallo solo es válido para el demandante y Landesärztekammer Berlin
De acuerdo con el fallo del Tribunal Administrativo de Berlín, los médicos no deben prohibir que el Consejo de Médicos permita el suicidio de sustancias mortales para los pacientes para los que ya no existe ninguna posibilidad de recuperación. Sin embargo, la eutanasia asistida todavía está prohibida para personas sanas y con enfermedades mentales.
En el caso actual, un médico, que era el segundo presidente de la asociación Dignitas Alemania en el momento de la demanda, había presentado una demanda contra una prohibición del Landesärztekammer Berlin en 2007. En la sentencia anterior, la asociación médica referida al „ética médica“ y prohibió al médico no solo la eutanasia específica a través del suicidio asistido sino también „Sustancias que, solas o en combinación con otras, pueden causar la muerte de una persona, ser entregadas a los pacientes o dejar de usarlas para el suicidio previsto.“. Una infracción de esta prohibición habría dado lugar a una multa de 50.000 €.
La eutanasia profesional y organizada sigue prohibida.
Sin embargo, los jueces consideraron que la prohibición general era una violación de la libertad de conciencia y la libertad de practicar. El médico podría entrar en un conflicto de conciencia en casos excepcionales. El comunicado de prensa del Tribunal Administrativo establece: „Sin embargo, no debe haberse otorgado ninguna prohibición no calificada de suicidio con asistencia médica, medido en la escala constitucional de la libertad de práctica (artículo 12 de la Ley Básica) y la libertad de conciencia del médico (artículo 2 (1) de la Ley Básica). Es incompatible con los derechos fundamentales mencionados anteriormente para prohibir la asistencia médica al suicidio, incluso en casos excepcionales, bajo pena de penalización, en los cuales un médico entraría en un conflicto de conciencia debido a una relación personal cercana y duradera, porque la persona responsable del suicidio El deseo, el sufrimiento insoportable e irreversible de una enfermedad y los medios alternativos para limitar el sufrimiento no estarían suficientemente disponibles. El solicitante ha declarado que un caso tan excepcional no constituye una posibilidad meramente teórica para él fuera de su empleo con la organización de consentimiento asistido.“ Los jueces insistieron en que los sanos y los enfermos mentales estaban exentos de administrar drogas letales. Más allá de eso están las asociaciones médicas. „sin más preámbulos“ permitido prohibir la eutanasia profesional u organizada, como la ofrecida por la asociación Dignitas. (Ag)
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Créditos de las fotos: D. Braun