Seguros de salud Los asegurados siempre tienen derecho a la información.
Las personas aseguradas tienen derecho a la información sobre el pago de la contribución del empleador. Esto ha sido decidido por el 8º Senado del Tribunal Social del Estado de Hesse. Según él, el seguro de salud obligatorio está obligado a proporcionar información en casos justificados sobre si las contribuciones a la seguridad social han sido debidamente pagadas o no. Una mujer del distrito de Limburg-Weilburg había demandado.
Corte da a la mujer del distrito Limburg-Weilburg a la derecha
Los empleados pueden "en casos justificados" solicitar a su compañía de seguros de salud información sobre si el empleador paga debidamente sus contribuciones de seguridad social. A esta sentencia (Az.: L 8 KR 158/14) llegó el octavo senado del tribunal social nacional de Hesse. Así, el tribunal decidió a favor de una mujer del distrito de Limburg-Weilburg, cuya solicitud había sido previamente rechazada en su seguro de salud legal..
Según lo informado por el Tribunal Social del Estado de Hesse, un ex colega le informó a la mujer que su ex empleador presuntamente no había pagado las contribuciones de la seguridad social. Luego ella le preguntó al seguro de salud, que se negó a proporcionar información. Como razón, el seguro de salud declaró que se trata de datos sociales del empleador, que no deben pasarse sin su consentimiento al asegurado, dijo el tribunal..
El derecho a la información concreta el derecho fundamental a la autodeterminación informativa.
Pero los jueces le dieron razón a la mujer. De acuerdo con esto, las personas aseguradas en el sentido del derecho fundamental a la autodeterminación informativa "tendrían un reclamo legal de información sobre los datos sociales almacenados sobre su persona" (§ 83 Libro de Código Social 10). En consecuencia, es poco probable que el fondo de salud retenga información de sus asegurados sobre el pago de las contribuciones a la seguridad social, ya que estos también son sus datos sociales. Aunque el empleador está obligado a pagar contribuciones solo, la parte del empleado se proporciona de los activos del empleado (§ 28e SGB IV). Dado que, además, no había intereses confidenciales del empleador que valdría la pena proteger, incluso el hecho de no proporcionar información de conformidad con el § 83 SGB X (4), la oración 3 quedaría fuera de discusión, según el informe. (Nr)