Nieto puso la pensión para la abuela demencia en su propio bolsillo
La asistencia social no siempre tiene que cubrir los costos de atención no cubiertos. Si un nieto, como supervisor de su abuela demente, se pone la pensión en su propio bolsillo, el operador de la casa no puede posteriormente exigirle a la oficina de asistencia social los costos no pagados de la vivienda, dictaminada el viernes 12 de mayo de 2017, el Tribunal Social Federal (BSG) de Kassel (Az.: 8). Dom 23/15 r).
En el caso específico, se trató de cubrir los costos de un asilo de ancianos por un monto de 942 euros para una mujer con demencia. Su nieto fue empleado inicialmente para ella como supervisora y también regulaba sus asuntos monetarios. Pero de los pagos de la pensión que se ingresaron en su cuenta corriente, también se usó a sí mismo, lo que resultó ser un gran inconveniente en la cuenta de la mujer. Los costos del hogar no pudieron ser cubiertos completamente.
(Imagen: Ocskay Mark / fotolia.com)El tribunal de distrito finalmente confirmó que el nieto era "inadecuado para la orientación personal". Se utilizó un nuevo cuidador..
Después de la muerte de la mujer en enero de 2010, la institución del hogar de ancianos y de ancianos se aplicó retroactivamente a la oficina de bienestar social responsable para asumir los costos pendientes del hogar..
La autoridad se negó. Como proveedor de asistencia social, solo está obligado a pagar los costos del espacio habitable actualmente habitado. También uno se ha hecho cargo de una parte de los gastos del hogar. Sin embargo, se tomaron en cuenta el subsidio para cuidados de supervivencia, los beneficios del seguro de asistencia social de enfermería y los ingresos de pensión de la mujer..
El BSG dictaminó que el operador de vivienda no puede reclamar retroactivamente la cobertura de los costos de la vivienda abierta. Incluso si la cuenta corriente de la mujer estaba en desventaja y el nieto ha usado el ingreso de la pensión para sus propios fines, esto no justifica la obligación de pago del proveedor de asistencia social. Al fallecido y, por lo tanto, también a la institución demandante, se le debe atribuir el comportamiento de mala fe del nieto como representante. El público en general no está aquí en el deber. FLE / mwo