Elegibilidad de los medicamentos.
01/09/2013
La elegibilidad para el gasto en medicamentos no se limitó a los montos básicos del seguro de salud obligatorio en virtud de la antigua ley federal de ayudas estatales aplicable hasta septiembre de 2012. Esto tiene que ser decidido por el Tribunal Administrativo Federal. La antigua ley no tiene fundamento legal para tal limitación..
Los solicitantes son jubilados y, en caso de enfermedad, tienen derecho a prestaciones oficiales en virtud de las normas oficiales que ascienden al 70% de los gastos subvencionables. El demandado concedió a los solicitantes de ayuda farmacéutica solo hasta el monto de los montos fijos legales del seguro de salud. Los demandantes buscaron hacer valer un reclamo por mayores subsidios basados en el precio de venta de la farmacia.
Los tribunales inferiores tenían opiniones divergentes sobre si la limitación de la elegibilidad del gasto farmacéutico a montos fijos era legal. El VGH Kassel y el VGH Mannheim lo negaron. Respondieron a la demanda de los demandantes. El OVG Schleswig afirmó, sin embargo, la legalidad de la restricción..
BVerwG: No hay base legal para la restricción a cantidades fijas
El BVerwG ahora ha confirmado que la restricción de la elegibilidad del gasto en medicamentos a cantidades fijas según la ley anterior era ilegal debido a la falta de base legal. Ni el Reglamento de Ayuda Federal (BBhV), modificado el 13.02.2009, ni el reglamento administrativo general de 14.02.2009, que se emitió en esa ocasión, fijaron ciertas cantidades fijas para medicamentos. § 22 párrafo 3 BBhV a. F. simplemente ha autorizado al Ministerio Federal del Interior a fijar montos fijos en las disposiciones administrativas como límites máximos para la elegibilidad de los gastos en productos farmacéuticos. El Reglamento Administrativo General ha establecido más detalles de una determinación correspondiente del monto fijo, sin hacer ninguna disposición de este tipo..
El nuevo § 22 (3) BBhV ahora establece una restricción explícita de la elegibilidad del gasto en medicamentos a cantidades fijas. (Ref.: BVerwG 5 C 2.12, BVerwG 4.12 y BVerwG 6.12)
Imagen: HHS