Veredicto No hay reclamo para cambiar el modelo para padres separados

Veredicto No hay reclamo para cambiar el modelo para padres separados / Noticias de salud
Tribunal Constitucional Federal: la ley no tiene que proporcionar esto como una regla
El cuidado de los hijos por paridad por padres separados no es obligatorio. No se puede inferir del derecho parental contenido en la Ley Básica que el legislador debe prescribir el llamado modelo de intercambio de paridad cuando se trata de niños como norma general, el Tribunal Constitucional Federal falló en Karlsruhe en una resolución publicada el jueves 12 de abril de 2018 (ref. 1 BvR 2616/17).

Siempre escucha a los niños también. De archivo: Markus Bormann - fotolia

En la corte, un padre separado y no casado del área de Rüsselsheim, que quería compartir con la madre cómo tratar con el niño común a la mitad, se había mudado..

El problema: la madre no quería este llamado modelo de intercambio de paridad. Aunque los padres tenían la custodia compartida, el derecho a residir, sin embargo, recaía en la madre, en la cual el niño también vivía como prioridad..

El Tribunal Regional Superior (OLG) de Frankfurt am Main rechazó la solicitud del padre. Los padres son muy poco cooperativos, por lo que el modelo de intercambio podría funcionar en beneficio del niño.

Así, el padre vio violado el derecho de sus padres consagrado en la Ley Básica. Se quejó de que la ley actual no contempla el modelo de cambio como norma. De la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño también se desprende que el modelo de intercambio de paridad debe ser el "modelo de apoyo regular". La legislatura tendría que mejorar aquí..

La demanda constitucional, sin embargo, no tuvo éxito. Ni la Ley Básica ni la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño aclaran que la legislatura debe prescribir el cuidado de los niños por paridad como norma, dijo el Tribunal Constitucional Federal en su resolución del 22 de enero de 2018. El OLG tiene razón al tener esta forma de cuidado en el caso específico debido a los mejores intereses del niño rechazado, porque la relación entre los padres era "altamente controvertida".

Por lo tanto, no hay contradicción con una decisión del Tribunal Federal de Justicia (BGH) de 1 de febrero de 2017 (Ref.: XII ZB 601/15, Informe JurAgentur de fecha 27 de febrero de 2017). Aunque había determinado que incluso en contra de la voluntad de un padre, el modelo de paridad podía ser arreglado. El criterio, sin embargo, es el bienestar del niño, enfatizó el Tribunal Constitucional Federal..

El BGH también se había apagado en la voluntad del niño. Cuanto mayor sea el niño, más pronto podrá decidir con un modelo de cambio deseado. FLE / mwo